¿Se te puede despedir con motivo de la apertura de un procedimiento de insolvencia?
La insolvencia en sí no es motivo de despido. En principio se aplican los derechos y deberes de la relación laboral incluso tras iniciarse el procedimiento de insolvencia. Seguirás teniendo la protección general y especial contra despidos. Sin embargo, los plazos para despidos se reducen a un máximo de 3 meses.
El síndico de insolvencia tiene, en el procedimiento de insolvencia, todos los derechos de la empresa empleadora, por lo que también podría despedirte.
El despido debes obtenerlo por escrito. En caso de despido oral, deberás ofrecer continuar trabajando, a ser posible ante testigos. Entonces tendrás derecho a percibir tu salario. ¡Solo será legalmente efectivo un despido por escrito! Si recibes una carta de despido por escrito, tendrás tres semanas de plazo para presentar una demanda por despido improcedente ante el Juzgado laboral.
Si eres tú quien quiere resolver el contrato, debes comunicar tu cese por escrito ante el síndico de insolvencia. A ti también se te aplica el plazo de resolución contractual de máximo tres meses al final de un mes. Antes de resolver el contrato laboral, deberías asesorarte en un centro de asesoramiento.