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FAQ – Baja por enfermedad

Esto es lo que debes saber sobre bajas por enfermedad:

Si enfermas, debes informar de inmediato a tu empresa empleadora. Antes de iniciarse la jornada laboral, debes avisar que estás enfermo/a y no puedes ir a trabajar. También debes comunicar cuánto tiempo estarás previsiblemente enfermo/a. Puedes notificar tu baja por enfermedad por teléfono, correo electrónico o servicio de mensajería (como Whatsapp). Dependerá de cómo lo hayas convenido con tu empresa empleadora. Lo mejor es notificar tu enfermedad por escrito. Solo así podrás demostrar posteriormente que has cumplido con tu obligación.


Ten en cuenta lo siguiente: No es necesario que comuniques el motivo de la baja. Si se te pregunta, no estás obligado a responder.


 

Certificado de incapacidad laboral

Según la ley, a más tardar el 4º día natural (¡no laboral!) de baja deberás entregar a tu empresa empleadora la baja por enfermedad = certificado de incapacidad laboral. En tu contrato laboral o convenio colectivo puede haberse fijado un plazo más corto. Compruébalo siempre antes. Un certificado de incapacidad laboral recibe también el nombre de certificado de baja, baja médica o ‘certificado amarillo’.

Este certificado te lo expide el servicio de atención médica. Allí consta que no puedes trabajar porque estás enfermo/a. En el certificado consta el día que fuiste al centro médico. Allí se establece durante cuánto tiempo estarás de baja y anotarán esta fecha en el certificado de baja.

Si pasada la fecha final continúas enfermo/a, deberás volver al centro médico. No puede haber un hueco entre el último día de tu baja por enfermedad y la siguiente visita al centro médico. Si no, para ese hueco faltará certificado de baja por enfermedad.


Ten en cuenta lo siguiente: Si sigues enfermo/a más tiempo y tu baja por enfermedad no es válida para todos los días, puede haber problemas para pagarte el salario y para percibir el subsidio de enfermedad.


Si el centro médico te expide un certificado de incapacidad laboral, deberás enviarlo de inmediato por correo a tu empresa empleadora y a tu mutua de enfermedad. A tu empresa empleadora puedes enviarle el certificado también por fax o escaneado por correo electrónico. No obstante, pueden pedirte que entregues el original, en cuyo caso deberás hacerlo así.


Ten en cuenta lo siguiente: ¡Sin un certificado de incapacidad laboral, tu empresa empleadora puede negarse a pagarte el salario!


El certificado de incapacidad laboral debe depositarse en la mutua de enfermedad en el plazo de 7 días tras el inicio de la baja. Si no cumples el plazo, puede ser que la mutua no te pague el subsidio de enfermedad.


Importante: Normalmente recibirás el certificado de incapacidad laboral por triplicado: Una copia es para tu empresa empleadora, otro para la mutua de enfermedad y la tercera para que la conserves tú.


En el futuro existirá un procedimiento electrónico para la comunicación del certificado de incapacidad laboral a las mutuas y a las empresas. La transmisión electrónica del certificado de incapacidad laboral a la mutua es ya obligatoria desde 2022 para todos los servicios médicos que dispongan de la posibilidad técnica para ello.  Además, pueden seguir expidiendo los certificados impresos. En el futuro, a las empresas empleadoras se las obligará a consultar los datos de la incapacidad laboral en la mutua de enfermedad correspondiente por vía telemática cuando han sido informados de la incapacidad laboral por el/la trabajador/a. Infórmate en tu centro médico si existe ya transmisión electrónica de los datos. Si no es así, tendrás que entregar tú los certificados de incapacidad laboral a la mutua de enfermedad y a tu empresa empleadora.  

Pago del salario durante la enfermedad

Si estás enfermo/a (y no puedes trabajar), seguirás cobrando tu salario. Esto recibe el nombre de pago salarial continuado. El pago salarial continuado lo percibes de tu empresa empleadora. Es decir, que seguirás cobrando lo mismo de antes. También recibirás los suplementos que percibirías normalmente, como por trabajar en domingo, festivos y nocturnos. Estos suplementos constan en tu contrato laboral o en el convenio colectivo.  También se tienen en cuenta los aumentos y las reducciones salariales.
Puedes cobrar el pago salarial continuado durante un máximo de 6 semanas.

Si sigues enfermo/a, será la mutua la que te pague subsidio de enfermedad. Percibirás subsidio de enfermedad aunque hayas trabajado menos de 4 semanas en una empresa.


Ten en cuenta lo siguiente: Solo se te pagará el sueldo si has estado más de 4 semanas empleado.


Si continúas enfermo/a más tiempo, necesitarás una baja por enfermedad por todo el período completo, es decir un certificado de incapacidad laboral.

¿Se te puede despedir si estás enfermo/a?

Sí, aunque estés enfermo/a, la empresa te puede despedir. Aquí se aplican también las normas de protección contra el despido: si has trabajado más de 6 meses en una empresa de más de 10 trabajadores, tendrás derecho a la protección legal contra el despido. Tu empresa empleadora necesitará entonces un motivo para el despido.

¿Puede tu empresa empleadora rechazar una baja por enfermedad?

Para evitar que tu empresa empleadora rechace tu baja por enfermedad o diga que no la ha recibido, deberás poder probar que has cumplido con tus obligaciones. Es importante que puedas demostrar que has avisado de tu baja por enfermedad y que has entregado tu certificado de incapacidad laboral. Para ello es necesario que avises de tu enfermedad por escrito y envíes el certificado de incapacidad laboral escaneado por correo electrónico o por carta certificada a tu empresa empleadora.


Importante: Tu empresa empleadora debe aceptar tu notificación de baja por enfermedad.


Si estás enfermo/a y con incapacidad laboral, no tienes que ir a trabajar. Si estás enfermo/a y no te sientes capacitado/a para trabajar, eso no significa que debas ir automáticamente de inmediato al médico. Lo importante es que informes a tu empresa empleadora.

Debes saber lo que consta en tu contrato laboral o convenio colectivo y a partir de cuándo debes presentar el certificado de incapacidad laboral. Si no se especifica nada en particular, se aplica lo siguiente: A más tardar el 4º día natural deberás obtener una baja por enfermedad. Si en tu contrato o en el convenio colectivo se especifica que ya el primer día debes tener un certificado de incapacidad laboral, deberás ir al centro médico el primer día de tu enfermedad.

¿Quién puede darte una baja por enfermedad?

En principio, cualquier médico autorizado y colegiado puede expedirte una baja por enfermedad. Lo mejor es que pidas cita con tu médico de cabecera. Se mirará tu estado de salud y te dará la baja. Si necesitas un especialista, será el médico de cabecera quien te derive al especialista. Los médicos especialistas también pueden expedir un certificado de baja por enfermedad, aunque no siempre se puede obtener cita el mismo día.

¿Qué es el subsidio de enfermedad?

El subsidio de enfermedad lo percibes cuando estás enfermo/a y tu empresa empleadora no tiene que pagarte el salario. Recibirás subsidio de enfermedad, por ejemplo, cuando lleves menos de 4 semanas empleado/a  o cuando lleves más de 6 semanas de baja por enfermedad. El subsidio de enfermedad lo paga la mutua.

Corresponde a entre el 70 % del salario bruto (sin deducciones) y el 90 % del salario neto (con deducciones). Es decir, que no percibes el salario completo. Solo se te podrá pagar subsidio de enfermedad por un máximo de 78 semanas (por la misma enfermedad).


Ten en cuenta lo siguiente: Si has sufrido un accidente laboral y por ello has enfermado, no percibirás subsidio de enfermedad, sino subsidio de accidentado.


 

Cómo notificar la baja durante vacaciones en el extranjero:

Si enfermas durante las vacaciones, deberás ir a un centro médico. Allí podrán expedirte una baja por enfermedad. Deberás informar de inmediato a tu empresa empleadora sobre cuánto tiempo estarás enfermo/a y dónde te encuentras en ese momento. Deberás informar también a la mutua de enfermedad. Deberías entregar el certificado de incapacidad laboral lo antes posible, aunque no hay un plazo establecido para ello.


Importante: Si enfermas con incapacidad laboral durante las vacaciones y obtienes la baja, podrás recuperar los días de enfermedad.


Si, por ejemplo, has estado dos días enfermo/a con baja por enfermedad, al finalizar las vacaciones te darán dos días más de vacaciones.