No puedes trabajar más de 8 horas al día. Hay excepciones por las que puedes llegar a trabajar hasta 10 horas diarias. Pero en el plazo de 6 meses no deberás haber superado las 8 horas diarias de trabajo como promedio.
En una semana no podrás trabajar más de 48 horas (tiempo máximo de trabajo). Aunque tengas varios trabajos, tus horas de trabajo no podrán superar, en total, estas 48 horas. Entre cada día de trabajo debe haber un tiempo de descanso de 11 horas (en las que no se te permite trabajar). Si trabajas en servicios por turnos, deberás procurar el cumplimiento de este tiempo de descanso. Si, por ejemplo, trabajas en el cuidado de personas mayores, en la agricultura, en un hotel o restaurante, el tiempo de descanso entre tus jornadas laborales puede ser menor. El tiempo de descanso disfrutado de menos debe recuperarse siempre.
Tu horario de jornada laboral estará determinado en tu contrato laboral. Allí constará si puedes hacer horas extra y cuántas. Esta información, sin embargo, puede constar también en un convenio colectivo o en los acuerdos de la empresa. Si no estás seguro/a de cómo se regulan tus horas extra, deberías hablar con tu empresa empleadora.
Deberías saber si las horas extra son pagadas o compensadas con tiempo libre. Si, por ejemplo, haces 2 horas extra y otro día puedes salir 2 horas antes del trabajo (compensación con tiempo libre). También puede convenirse el pago de las horas extra. Tu empresa empleadora no puede exigirte así como así que hagas horas extra; tu horario laboral y las horas extra están legalmente regulados. La empresa debe cumplir la ley vigente.
Para documentar tus horas extra, es importante que anotes con claridad todas las horas trabajadas. Así podrás demostrar cuánto tiempo has trabajado.