¿Qué puedes hacer si no recibes ningún contrato laboral?

Si llevas más de un mes trabajando, debes recibir un comprobante por escrito.

En el comprobante deberán constar los puntos siguientes:

  • Nombre y dirección de ambas partes contratantes (tus datos y los datos de la empresa que te da trabajo)
  • Fecha de inicio de la relación laboral
  • Lugar de trabajo
  • Descripción de la actividad del empleado o de la empleada (qué trabajo haces)
  • Cuantía y composición del salario laboral (salario, suplementos, primas, etc.)
  • Horario de trabajo
  • Cantidad de días de vacaciones
  • Plazos de resolución (cancelación del contrato)
    (los plazos dentro de tu período de prueba pueden variar)
  • Información sobre los convenios colectivos y acuerdos empresariales aplicables a la relación laboral.

Si no tienes ningún contrato laboral, se aplican las disposiciones legales vigentes:

Se aplica un horario máximo de 8 horas diarias de trabajo (en casos excepcionales 10), un salario establecido por convenio o el salario mínimo interprofesional. En caso de semana laboral de 5 días, tienes derecho a 20 días de vacaciones al año. Si hay un convenio colectivo vigente, se aplicarán también las disposiciones de dicho convenio.


Ten en cuenta lo siguiente: Puede haber desviaciones: En caso de contratos laborales con mejores condiciones, como por ejemplo que en tu contrato se convengan más días de vacaciones a los que exige la ley o el convenio, siempre se aplicarán las disposiciones más ventajosas para ti. En algunos casos, la ley o el convenio colectivo puede establecer una disposición más desventajosa para ti que los estándares mínimos legales.


¡Si no estás seguro o segura de cuáles son las disposiciones que se te aplican, dirígete a tu oficina de información de Faire Integration!