¿Qué puedes hacer si no recibes ningún contrato laboral?
Si llevas más de un mes trabajando, debes recibir un comprobante por escrito.
En el comprobante deberán constar los puntos siguientes:
- Nombre y dirección de ambas partes contratantes (tus datos y los datos de la empresa que te da trabajo)
- Fecha de inicio de la relación laboral
- Lugar de trabajo
- Descripción de la actividad del empleado o de la empleada (qué trabajo haces)
- Cuantía y composición del salario laboral (salario, suplementos, primas, etc.)
- Horario de trabajo
- Cantidad de días de vacaciones
- Plazos de resolución (cancelación del contrato)
(los plazos dentro de tu período de prueba pueden variar) - Información sobre los convenios colectivos y acuerdos empresariales aplicables a la relación laboral.
Si no tienes ningún contrato laboral, se aplican las disposiciones legales vigentes:
Se aplica un horario máximo de 8 horas diarias de trabajo (en casos excepcionales 10), un salario establecido por convenio o el salario mínimo interprofesional. En caso de semana laboral de 5 días, tienes derecho a 20 días de vacaciones al año. Si hay un convenio colectivo vigente, se aplicarán también las disposiciones de dicho convenio.
Ten en cuenta lo siguiente: Puede haber desviaciones: En caso de contratos laborales con mejores condiciones, como por ejemplo que en tu contrato se convengan más días de vacaciones a los que exige la ley o el convenio, siempre se aplicarán las disposiciones más ventajosas para ti. En algunos casos, la ley o el convenio colectivo puede establecer una disposición más desventajosa para ti que los estándares mínimos legales.
¡Si no estás seguro o segura de cuáles son las disposiciones que se te aplican, dirígete a tu oficina de información de Faire Integration!