¿Qué es un acto de conciliación?
La primera vista ante el tribunal laboral se llama acto de conciliación. Aquí no se dicta ninguna sentencia al final. En el acto de conciliación se intenta alcanzar un acuerdo entre el/la empleado/a y la parte contratante. El día del acto conciliación previa, el/la empleado/a y la parte contratante, junto con los respectivos abogados y abogadas (si hay), se reúnen con el juez.
Este acto es abierto y puede contar con la presencia de público. Se habla sobre el caso y sobre la posibilidad de alcanzar un compromiso. Este podría ser un pago, la cuantía de una indemnización o algo similar.
Si se alcanza un acuerdo, la decisión se refleja por escrito y se remite al/a la empleado/a y a la parte contratante. Esto recibe el nombre de conciliación. De esta manera, el procedimiento queda cerrado.
Si no se llega a un acuerdo, el tribunal puede fijar fecha para un segundo acto de conciliación, si considera que existe la posibilidad de que se alcance un acuerdo. Si se sigue sin alcanzar acuerdo, se fijará fecha para vista en sala (puede haber varias vistas en sala). Incluso aquí puede llegarse a un acuerdo. Si no es el caso, el tribunal laboral dictará una sentencia.
También en esta primera instancia corre cada parte con los gastos de sus representantes legales, sin importar si se gana o se pierde el litigio. Las costas judiciales corren a cargo de la parte que haya perdido el litigio. Sin embargo, en segunda instancia (Tribunal Regional Laboral), la parte que pierde el litigio debe abonar todos los costes, incluidos los de la otra parte.
La cuantía de las costas judiciales se rige, en procedimientos laborales, según el así llamado valor de litigio. Cuanto mayor es el valor de litigio, mayores son las costas judiciales. El tribunal laboral fija el valor del litigio en su sentencia. Si el valor del litigio es conocido, pueden calcularse las costas judiciales y honorarios de abogacía por adelantado. Las costas judiciales vencen siempre al final de una instancia. No hay que abonar cuantías por adelantado.
Nota: Si tienes cualquier duda relativa a los costes o a procedimientos laborales, ¡solicita asesoramiento en tu oficina de información de Faire Integration!