¿Debe dar la empresa su consentimiento?
No: Si la excedencia por cuidado de hijos se toma antes de que el/la niño/a cumpla los 3 años, no se requiere el consentimiento de la empresa.
Sí: Si parte de la excedencia por cuidado de hijos se toma entre el 3er y 8º cumpleaños del/de la niño/a, se requiere el consentimiento de la empresa.
Pueden solicitarla todas las personas que al principio de la excedencia por cuidado de hijos tengan un trabajo. Aquí se incluye:
- Personas con un minijob
- Empleados/as a tiempo parcial
- Estudiantes con un empleo accesorio
- Aprendices en formación